El supervisor del mercado de valores español ha aclarado cómo debe ser la relación entre los fininfluencers y las entidades financieras que los contratan para promocionar sus servicios en redes sociales. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha establecido criterios que regulan el papel de estos creadores de contenido y su forma de compensación.
Nuevos criterios para los fininfluencers
La CNMV ya había señalado que los influencers financieros debían cumplir ciertas obligaciones. Este lunes, reafirmó que su función se limita a publicitar servicios y actividades de inversión. Sin embargo, la comercialización directa de estos productos y la captación de clientes son prerrogativas exclusivas de profesionales o entidades autorizadas.
El regulador, presidido por Carlos San Basilio, enfatizó que si un fininfluencer recibe compensación basada en la captación de clientes o el volumen de inversión, este debe contar con un permiso de la CNMV para ofrecer servicios de inversión. Además, la remuneración por la promoción de estos contenidos no debería depender del número de clientes captados, aunque se podría considerar una “pequeña prima de éxito”. Es importante mencionar que las entidades de inversión son las responsables de seleccionar el material que se difunde.
Vigilancia sobre los fondos de capital riesgo
La CNMV lanzó una advertencia en torno a los fondos de capital riesgo. Estos vehículos, que han visto un notable crecimiento entre inversores grandes y pequeños, deben permitir que los partícipes soliciten reembolsos trimestralmente sin establecer límites máximos. San Basilio recordó que el riesgo de iliquidez es crucial, es decir, el riesgo de que el inversor no pueda acceder a su dinero cuando lo necesita.
Los fondos evergreen—que operan con ventanas de liquidez—solo podrán imponer límites de reembolso de forma puntual. Además, el regulador criticó las elevadas comisiones establecidas para restringir estos reembolsos, afirmando que podrían considerarse abusivas.
Actualizaciones sobre MiCA
A tan solo dos semanas del primer aniversario de la regulación MiCA (Mercado en Criptoactivos), la CNMV anunció la extensión del periodo de transición, que ahora finalizará el 1 de julio de 2026. Este cambio, decidido por el Ministerio de Economía, permite que las empresas que aún no cuentan con la licencia puedan operar hasta este verano, favoreciendo a la industria y a la CNMV, que aún tiene 24 solicitudes pendientes.
El proceso de autorización ha probado ser complejo; hasta la fecha, solo una empresa, Bit2Me, ha recibido el visto bueno. La CNMV reiteró que las solicitudes de última hora serán evaluadas con el mismo rigor habitual, incluso si esto lleva a que la entidad solicitante deba cesar sus actividades.
Licencias adicionales para las plataformas de stablecoins
Un tema debatido es la necesidad de una licencia adicional para las plataformas que operan con stablecoins y facilitan pagos. Como aclaró la Autoridad Bancaria Europea (EBA) este verano, estas entidades deben conseguir una autorización para prestar servicios de pago bajo PSD2, o asociarse con una entidad autorizada antes del 1 de marzo de 2026.
Algunas empresas critican este requisito, argumentando que se trata de una carga excesiva. Por ejemplo, una firma que custodia un e-money token de un cliente tendría que obtener una doble licencia si el usuario solicita una devolución.
Finalmente, la CNMV subraya el riguroso proceso de autorización que deben seguir las entidades que deseen operar con criptoactivos. Aquellas que deseen brindar asesoría financiera sobre activos digitales deben solicitar la licencia MiCA y no pueden acceder a este permiso por la vía de notificación como lo hacen los bancos. Esto asegura un marco regulatorio claro y seguro para todos los participantes en el mercado.
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