El Comité Económico y Social Europeo
(CESE)
ha hecho público el Dictamen exploratorio, «La publicidad por medio de influencers y su impacto en las personas
consumidoras
” en el que apuesta por la armonización normativa de la actividad de estos autores y distribuidores de contenidos en el marco de
la UE. El Dictamen, que ha tenido como comunicante al secretario general de la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), Bernardo Hernández, y como
coponente al consejero Stefano Palmieri, ha sido efectuado a instancias del Ministerio de Consumo de España con ocasión de la presidencia de España del
Consejo de la Unión Europea a lo largo de este semestre. El CESE es un órgano consultivo de la UE (al mismo nivel que el Comité de las
Regiones) compuesto por representantes de las organizaciones de la sociedad civil (empresas, sindicatos, usuarios y otros conjuntos de
interés) encargado de producir Dictámenes por iniciativa propia o preceptivos a instancias
de la Comisión Europea, el Consejo de la UE y el
Parlamento Europeo, en materias que afectan a la ciudadanía. En su Dictamen, el CESE pone de relieve que no existe a nivel europeo una
regulación concreta de la figura de los influencers
, si bien su actividad quede encuadrada tanto en la normativa de prácticas comerciales
como en la audiovisual, y ante la presente corriente regulativa nacional por la parte de los diferentes estados miembros, apunta la conveniencia de una
simetría legal que no menoscabe la protección de las personas consumidoras en el mercado único.

En este sentido, el CESE hace un llamamiento a la Comisión para asegurar en el marco de la UE un papel más proactivo de plataformas y redes sociales
para resguardar a los usuarios menores ante contenidos perjudiciales para su desarrollo (alcohol y bebidas energéticas; juegos de azar y
apuestas; pornografía, tabaco y derivados; cirugía estética; etc.), que, en cualquier caso, van a deber contener la etiqueta «prohibido a menores de 18 años»,
obligar a la verificación de edad y permitir el uso del control parental.

Así mismo, demanda la identificación clara de los mensajes con intencionalidad comercial, incluyendo una mención expresa del tipo «publicidad» o
«patrocinado por» en los mensajes de esta naturaleza, eludiendo las comunicaciones comerciales enmascaradas.

Agrega la necesidad de la advertencia en el uso de imágenes retocadas, cambiadas o creadas por inteligencia artificial, como del uso de
influencers virtuales, de la misma manera que el sometimiento de los mensajes a las distintas normativas sectoriales, con el fin de asegurar la
protección de la salud y la seguridad de las personas consumidoras y usuarias, singularmente de los menores y de otros colectivos frágiles.

Por último, plantea estimar particularmente estos incumplimientos como infracción por la parte de los influencers, sin menoscabo de la responsabilidad
solidaria por la parte de anunciantes y de plataformas y redes sociales.

El CESE señala asimismo que debe prestarse singular atención al uso de patrones oscuros, al uso incorrecto o denigratorio de las marcas,
a la promoción de productos financieros no autorizados, a los hurtos de identidad o falsos influencers, que se aprovechan de la imagen de personas
conocidas sin su conocimiento, poco a poco más usuales sobre todo en el campo de las inversiones fraudulentas y de las criptomonedas.

El Comité resalta asimismo el valor complementario de los sistemas de regulación voluntaria (corregulación), en los que participen todos y cada uno de los agentes
involucrados: los influencers, sus agentes y asociaciones representativas; las plataformas y redes sociales; la industria y los anunciantes; las
asociaciones de autorregulación publicitaria; las asociaciones de usuarios y usuarios y otras entidades de la sociedad civil, como las
autoridades reguladoras.

Para el CESE, quedan una serie de cuestiones relativas a la actividad de los autores de contenido/influencers, como su sitio en la legislación
laboral, cuestiones relacionadas con los impuestos sobre la renta, el impuesto sobre el valor añadido, como la actividad concreta de los pequeños
influencers, que estimamos habrían de estar sostienes a un cauteloso análisis a nivel de la UE.

Mercedes Cruz Ocaña