Este lunes, a las 9:00 de la mañana, el Teatro Real de Madrid será el epicentro de la emoción española: ¡comienza el sorteo de la Lotería de Navidad! Millones de personas estarán pendientes de su número, con la esperanza de llevarse el Gordo, que reparte 4 millones de euros por serie o 400,000 euros por décimo. Sin embargo, los premios no se limitan al Gordo; también se entregan otros galardones, como el segundo premio de 125,000 euros al décimo, el tercero de 50,000 euros y dos cuartos y ocho quintos premios, que distribuyen 20,000 y 6,000 euros, respectivamente. Pero, ¿qué parte de estas cifras se queda Hacienda?
Impuestos y Ganancias: Lo Que Debes Saber
Desde 2013, existe un impuesto especial que aplica un 20% a los premios superiores a 40,000 euros. Así que, si resultas agraciado con el Gordo, deberás abonarle a Hacienda 72,000 euros, quedándote con 328,000. Para el segundo premio, recibirás 108,000 euros tras el pago de impuestos, y con el tercero, después de una retención de 2,000 euros, tu ganancia neta será de 48,000 euros.
Este premio, sin embargo, no se tiene que incluir en tu declaración de la renta. La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) realiza la retención directamente, así que no debes preocuparte por trámites adicionales.
¿Cuánto Recaudará Hacienda?
La recaudación podría alcanzar hasta 180.2 millones de euros si se reparten los grandes premios. Según los cálculos de los técnicos del Ministerio de Hacienda, este número es considerable dado el incremento de premios grandes en 2024, especialmente aquellos ganados por sociedades y no residentes, quienes no tienen que declararlos.
Es importante saber que, al no formar parte de la base imponible del IRPF, estos premios no afectarán tu acceso a becas o ayudas públicas que dependen de tus ingresos. Sin embargo, si tus bienes superan el umbral establecido, deberás incluirlo en el Impuesto sobre Patrimonio.
La Repartición de Premios Compartidos
Si tienes la suerte de compartir un premio con amigos o familiares, es esencial distribuir los primeros 40,000 euros exentos de impuestos entre todos los ganadores, de acuerdo a su participación. Quien realice el reparto y figure como beneficiario principal debe poder probar que el dinero se ha repatido correctamente. De lo contrario, Hacienda podría tratar esta situación como una donación, sujeta a un impuesto que podría ser más alto que la retención inicial.
Por otro lado, los beneficiarios del IRPF y aquellos no residentes que ganen un premio y ya hayan tenido la retención en el momento del cobro, no necesitan presentar más declaraciones. Los no residentes, además, pueden solicitar la devolución correspondiente por convenios internacionales que evitan la doble imposición.
La Petición de Reposición del Mínimo Exento
Los técnicos de Hacienda proponen que se reestablezca el mínimo exento de los premios de Loterías del Estado, ONCE y Cruz Roja a los 2,500 euros. Argumentan que no tiene sentido que un premio inferior a 40,000 euros esté exento, mientras que algunas prestaciones de desempleo o subvenciones pequeñas sí tributen. Este umbral ha ido cambiando en los últimos años: desde 2017, fue de 2,500 euros, después a 10,000 en 2018, 20,000 en 2019, y llegó a los 40,000 en 2020.
En resumen, el sorteo de la Lotería de Navidad ofrece oportunidades emocionantes, pero también importantes consideraciones fiscales. Así, cada décimo puede traer tanto alegría como algunos complicados trámites. ¡Mucha suerte a todos!
