El SEPE ajusta su normativa y otorgará prestaciones por desempleo a quienes consigan un nuevo trabajo

El SEPE ajusta su normativa y otorgará prestaciones por desempleo a quienes consigan un nuevo trabajo

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha implementado una modificación significativa en relación con la prestación por desempleo en España. A partir de ahora, los beneficiarios podrán compaginar el cobro del subsidio con un empleo por cuenta ajena, gracias al nuevo Complemento de Apoyo al Empleo (CAE). Esta medida tiene como propósito facilitar el retorno al mercado laboral, evitando que una persona se quede sin apoyo económico al reinsertarse laboralmente.

La adaptación de las normativas también busca que la percepción del subsidio no se convierta en un destino en sí mismo, sino que funcione como un recurso temporal para facilitar la búsqueda de empleo. Desde este año, el CAE se abonará de oficio, lo que significa que los beneficiarios no tendrán que hacer una solicitud para acceder a este complemento, a diferencia de lo que ocurría anteriormente con los subsidios por desempleo. De acuerdo con la normativa, si un beneficiario agota su prestación contributiva y posteriormente solicita un subsidio mientras trabaja a tiempo parcial, el CAE comenzará a abonarse desde el primer día de este nuevo empleo.

Sin embargo, es esencial destacar que no todos los beneficiarios que encuentren trabajo seguirán recibiendo el subsidio a través del CAE. Existe una serie de requisitos que deben cumplirse para poder acceder a este apoyo. Entre ellos, a partir del 1 de abril de 2025, es necesario haber obtenido el paro por un período mínimo de 14 meses y haber recibido, al menos, 9 meses de dicho subsidio antes de iniciar un nuevo contrato de trabajo, ya sea a jornada completa o parcial.

Cuánto se cobra con el Complemento de Apoyo al Empleo

El CAE tiene un carácter proporcional y consume días de la prestación por desempleo, lo que significa que cada día cobrado se traduce en un día menos de cobertura. La cuantía del complemento varía cada mes, dependiendo de la jornada laboral y el tiempo que se haya trabajado, siguiendo una tabla específica. A continuación, se presenta un resumen de las cantidades que se pueden percibir según el tiempo de prestación y el tipo de jornada laboral:

  • Mes 10 de prestación: Empleo a tiempo completo: 480 euros; parcial al 75%: 450 euros; entre 50% y 75%: 420 euros; menos del 50%: 360 euros.
  • Mes 11 de prestación: Los mismos montos que el mes 10, pero con una duración máxima de 60 días.
  • Mes 12 de prestación: Se mantienen las mismas cuantías, con duración máxima de 90 días.
  • Mes 13 a 15 de prestación: Cantidades iguales, duración máxima de 180 días.
  • Mes 16 a 18 de prestación: Disminución de montos: tiempo completo: 360 euros; parcial al 75%: 300 euros, etc., con duración máxima también de 180 días.
  • Mes 19 a 21 de prestación: Nuevas reducciones: 240 euros a jornada completa y otros ajustes para el trabajo parcial, con la misma duración máxima.
  • Mes 22 a 24 de prestación: Últimos ajustes, con las cantidades de 180 euros a jornada completa y sus correspondientes para las jornadas parciales, nuevamente con duración de 180 días.

Estas modificaciones buscan no solo fomentar la reinserción laboral, sino también brindar un apoyo económico que acompañe a los trabajadores en su transición hacia nuevos empleos. Con esta reforma, el SEPE refuerza su compromiso por un mercado laboral más dinámico y accesible.