EE.UU. aprueba el embargo de 136 millones para acreedores del sector de energías renovables

EE.UU. aprueba el embargo de 136 millones para acreedores del sector de energías renovables

El Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia ha permitido que los acreedores del caso Antin continúen con el embargo y ejecución de activos en España. Esta resolución también habilita el registro de la sentencia en otros distritos judiciales del país. Esta decisión marca un obstáculo significativo para la estrategia del Gobierno español, que buscaba evitar el cumplimiento de los laudos internacionales relacionados con el recorte retroactivo de las primas a las energías renovables.

Caso Antin

El origen del caso Antin se sitúa en las inversiones llevadas a cabo por Infrastructure Services Luxembourg y Energia Termosolar en proyectos solares en España, bajo un marcoético de incentivos impulsado desde el Gobierno. No obstante, tras cambios regulatorios posteriores, estos inversores se vieron obligados a recurrir al arbitraje internacional, argumentando una violación del Tratado de la Carta de la Energía.

Un tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) falló a favor de estas empresas en 2018, estableciendo una indemnización de 101 millones de euros, más los intereses y costas correspondientes, lo que ha llevado a la situación actual de ejecución de la sentencia.

Incautación de activos

La resolución, firmada el 10 de agosto por la jueza Loren L. AliKhan, desestima la solicitud de España de pausar la ejecución. La justicia estadounidense ha reconocido a los inversores más de 156.6 millones de dólares, equivalente a aproximadamente 136 millones de euros, más los intereses acumulados.

Este pronunciamiento es crucial, dada la postura del Gobierno español, que había presentado sus argumentos basándose en una decisión de la Comisión Europea de marzo de 2025, la cual indicaba que cumplir con el laudo podría constituir una ayuda de Estado incompatible con el derecho de la Unión Europea. Sin embargo, la corte ha rechazado esta argumentación, subrayando que los motivos ya habían sido considerados previamente.

Además, se destacó que España no ha demostrado la creación de una garantía que asegure el cumplimiento del pago, lo que podría conducir a un procedimiento sancionador por parte de la Comisión Europea. La corte señala que la insistencia del Gobierno en que la normativa europea le impide pagar puede interpretarse como un indicio de que podría no cumplir con la sentencia.