La muerte es esa incómoda certidumbre que absolutamente nadie desea abordar y que siempre y en todo momento llega en un mal instante. Las últimas voluntades pueden valer para dejar los temas físicos y terrenales bien atados, mas ¿qué ocurre con nuestros mensajes de WhatsApp, perfiles en Instagram y otras cuentas en redes sociales, y los datos que hayamos guardado o tengamos en e mails? La actividad en la red del fenecido continúa en la nube, inalcanzable y de forma indefinida, para sus familiares y allegados.

Los tiempos han alterado y la sociedad actual vive en dos planos: el físico y el digital. Y mientras que es frecuente dejar por escrito un documento con las últimas voluntades y reparto de recursos en el caso de fallecimiento, rara vez se considera la relevancia de administrar nuestro legado digital. Las redes sociales, aplicaciones de correo, correos electrónicos… todo continúa activo y en la nube, y en ciertas ocasiones, con un contenido comprometedor. Borja Adsuara, letrado especialista en derecho digital, se refiere a la regulación de este contenido como “herencia digital, el conjunto de bienes y servicios digitales que se deja cuando uno fallece”.

¿Quién tiene el control?

Se trata de un tema complejo, pues las compañías que ofrecen servicios on line —como Google, Apple o Facebook, entre otras— cuentan con unas políticas de privacidad muy estrictas que regulan el acceso a las cuentas de usuarios fallecidos. Uno de los casos más conocidos al respecto tuvo lugar en Alemania en dos mil doce, en el momento en que una adolescente perdió la vida arrollada por un tren y sus progenitores demandaron a Facebook las contraseñas a su cuenta para determinar las posibles causas. Tuvo que ser un juez quien, años después, les diese la razón y obligara a la firma de Mark Zuckerberg a entregarles la clave de acceso. “En ese caso fue el juez quien sentenció que tenía más valor en la balanza saber qué había ocurrido que la privacidad de la persona”, explica Adsuara.

Algunas dejan a familiares próximos pedir el cierre de la cuenta, mas el acceso completo a la información es extrañamente concedido sin permiso explícito del titular original. Esto es, el dueño de la cuenta debe nombrar en vida a un heredero de la cuenta, o detallar que se quiere que la cuenta perdure, como homenaje, y para esto, determinar qué contacto la administrará. Estas personas reciben la denominación de contactos de legado, que van a ser las responsables de sostener la cuenta viva respondiendo o moderando mensajes y subiendo fotografías de recuerdo esporádicamente. En este sentido, si no se ha efectuado una preparación conveniente, este laberinto de regulaciones deja a las familias en una situación incómoda y, con frecuencia, emotivamente agotadora.

Problemas éticos y jurídicos

La ley no está totalmente amoldada a este nuevo paradigma. Acceder a una cuenta sin permiso explícito es ilegal en muchos lugares, con independencia de las buenas pretensiones. Esto no solo pone a los seres queridos en una situación bastante difícil, sino, además de esto, plantea preguntas morales sobre la privacidad y la propiedad de la información digital blog post mortem. Otro caso muy mediático tuvo lugar tras el trágico tiroteo de San Bernardino: el FBI pidió a Apple el desbloqueo del iPhone del autor de los disparos y la compañía de Cupertino se negó en redondo, aduciendo que primaba más la privacidad de sus clientes del servicio que la difusión del posible contenido del dispositivo.

Google, el enorme contenedor de información personal de la red, contempla asimismo este legado póstumo, y quienes deseen dejar todo bien atado, pueden empezar a nombrar un administrador de cuenta inactiva, un responsable de decir qué ocurre con la información del fallecido. En en el caso de que no se haya nombrado esta figura, la firma californiana deja a los allegados suprimir o administrar la cuenta por medio de un formulario, mas este proceso es más complejo, pues chocan, como hemos visto, la privacidad del dueño y la voluntad de sus familiares.

En este sentido, Adsuara recuerda que una parte de este contenido puede afectar a la imagen del fallecido; pueden encontrarse relaciones con terceros no conocidas o material comprometedor: “Por ejemplo, si accedes a la cuenta de Twitter de tu mujer o marido y te encuentras mensajes directos de contenido íntimo de una tercera persona…”, explica. Brigita Kavaliauskaite, responsable de comunicación de la firma de seguridad NordVPN, añade: “En España no se ha aprobado ninguna ley específica que regule el olvido digital post mortem total, pero sí existe la Ley 10/2017 sobre voluntades digitales. Sin embargo, la legislación necesita ser más amplia, para que se recojan todas las circunstancias”.

Preparación y previsión

Para eludir estos inconvenientes, es preciso hacer una planificación detallada. El primer paso es efectuar un inventario de todas y cada una de las cuentas y claves de acceso. Este catálogo ha de ser alcanzable para alguien de confianza en el caso de fallecimiento. “Lo mejor es designar a una persona de confianza que pueda indicar a la app o red social que se está habilitado para la gestión de esta información”, explica Adsuara. Otros servicios en la nube, como Dropbox, asimismo contemplan el escenario del fallecimiento, dejando a los allegados la solicitud de acceso a la cuenta del fenecido.

Es del mismo modo prudente escribir un testamento digital con instrucciones explícitas sobre de qué forma debe manejarse la información on line. Con todo, este especialista advierte del peligro de confundir términos: no es exactamente lo mismo una herencia firmada en el notario que una digital. La segunda se refiere “a quién tiene derecho a acceder a mis cuentas de correo o redes sociales, por ejemplo”.

Nuestra vida digital es una extensión de nuestra existencia física, cargada de recuerdos, datos personales y conexiones sociales. Habrá cosas que deseemos dejar en el recuerdo, mas otras que queremos que continúen inalcanzables y se vayan con nosotros. Un diario digital, conversaciones con amigos o conocidos por WhatsApp… Este género de contenido no tiene más valor que el personal, mas puede dañar la imagen póstuma del fallecido. ¿De qué manera cerciorarse de que absolutamente nadie va a tener acceso a ella?

Solo hay dos formas de asegurarse la inaccesibilidad de esta información: suprimirla, o contar con de un cifrado de extremo a extremo, de manera que absolutamente nadie, ni tan siquiera el distribuidor del servicio, sea capaz de acceder al contenido. Servicios como Nordlocker o Vault de Dropbox garantizan que absolutamente nadie que no disponga de las claves va a poder acceder nunca a lo almacenado; tanto es así, que son múltiples las advertencias que el dueño debe entregar reconociendo la pérdida de los datos en el caso de no conocer las claves.

Adrian Cano

Santander (España), 1985. Después de obtener su licenciatura en Periodismo en la Universidad Complutense de Madrid, decidió enfocarse en el cine y se matriculó en un programa de posgrado en crítica cinematográfica. Sin, embargo, su pasión por las criptomonedas le llevó a dedicarse al mundo de las finanzas. Le encanta ver películas en su tiempo libre y es un gran admirador del cine clásico. En cuanto a sus gustos personales,  es un gran fanático del fútbol y es seguidor del Real Madrid. Además, ha sido voluntario en varias organizaciones benéficas que trabajan con niños.