La Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) ha perdido la primera batalla contra las entidades a las que demandaba dinero por las rentabilidades negativas que consiguieron con la deuda del banco malo. Una sentencia emitida por un juzgado de primera instancia de Madrid ha desechado esa solicitud como ha anunciado la Sareb, que agrega en el comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) su pretensión de recurrir el fallo.

Las intenciones del banco malo parten de un cambio de orientación en el Eurosistema (la autoridad monetaria de la eurozona, de la que forman parte el Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales) cuando a fines de dos mil dieciseis decidió permitir los rendimientos de bonos negativos. Es decir, que como el interés de la deuda era negativo, al aceptar que se depositaran esos bonos, de alguna forma los estaba remunerando.

Esto hizo que Sareb estimase que el desempeño que conseguían los bancos con su deuda sénior, y que entonces podía poner en el Eurosistema con condiciones provechosas, había de ser pagado a la entidad. Tras un proceso de arbitraje que no resultó conveniente a sus intereses (se estableció que el suelo de estos bonos era el cero% y no podía ser negativo), el banco malo terminó denunciando a 7 bancos (CaixaBank, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sabadell, Abanca, Unicaja, Ibercaja y BFA) para demandarles diferentes cantidades.

La sentencia de primera instancia, no obstante, no le ha dado la razón. Por eso la entidad ha anunciado, así como al recepción de la sentencia, su pretensión de recurrirla en apelación. El objetivo va a ser el mismo: conseguir que un tribunal reconozca la posibilidad de aplicar rendimientos negativos a su deuda.

El banco malo es conocido así por el hecho de que se creó a fines de dos mil doce para unir todo el ladrillo tóxico que tenía la banca. Esto hizo que la entidad naciese con activos (desde casas o solares, hasta préstamos impagados) que se valoraron en su instante sobre los cincuenta.000 millones, que fueron apoyados por una cantidad equivalente de deuda. Esta, en origen, se puso en bonos con una rentabilidad equivalente al euríbor a 3 meses, el inconveniente llegó cuando ese indicador, a consecuencia de la política monetaria expansiva que puso los modelos de interés oficial en el cero%, se volvió negativo.

Desde el origen, la entidad que ahora encabeza Javier Torres ha capeado con contrariedades financieras que derivan del hecho de que, como se creó para asistir a los bancos a adecentar ladrillo tóxico de su cómputo tras el estallido de la burbuja inmobiliaria, muchos de los activos que recibió se valoraron por encima del coste que entonces se podía conseguir al deshacerse de ellos (el objetivo principal de la Sareb). Esto ha hecho que en los últimos tiempos el banco malo se haya visto con patrimonio neto negativo, lo que llevó al Gobierno a tener que aprobar una modificación ad hoc para eludir la causa de disolución que fija la Ley de Sociedades y, en último término, ha provocado que la compañía haya pasado a tener mayoría de capital público (la regulación inicial preveía que los bancos que participaban superasen siempre y en toda circunstancia más del cincuenta% de participación).

Pero con mayoría pública o privada, el razonamiento del organismo para demandar el reconocimiento del bono negativo de sus bonos (lo que le supondría una inyección inopinada de liquidez) siempre y en toda circunstancia se ha basado en la “defensa de sus intereses” y en relacionar estos con los de todos y cada uno de los impositores, pues el Estado siempre y en toda circunstancia ha tenido un porcentaje muy notable de la Sareb. Será un nuevo tribunal el que ahora va a deber decidir a este respecto.

Mercedes Cruz Ocaña