Norma a norma, la Unión Europea aspira a moldear la actividad de los gigantes digitales. La plena entrada en vigor de la DSA (siglas de Digital Services Act, Ley de Servicios Digitales) influye directamente sobre una categoría de empresas denominadas VLOPs (Very Large Online Platforms, es decir, ‘grandes plataformas en línea’), aquellas que cuentan con más de 45 millones de usuarios dentro de las fronteras de la Unión. Es un límite que representa el 10% de la población que habita en la UE.

La normativa es un punto de inflexión en el tratamiento de estos gigantes. Como ha afirmado la Comisión Europea, la regulación pretende eliminar el llamado comportamiento too big to care (demasiado grande para preocuparse, por los usuarios). La lista de compañías englobadas en esta categoría VLOP está formada por 13 plataformas estadounidenses: Amazon Store, App Store, Facebook, Google Maps, Google Play, Google Shopping, Instagram, LinkedIn, Pinterest, Snapchat, Twitter (ahora X), Wikipedia, YouTube. A estas se suman dos chinas, AliExpress y TikTok, y dos europeas, Booking y Zalando. La ley también se aplica a dos buscadores, Bing y Google Search, denominados VLOSEs (Very Large Online Search Engines, es decir, grandes buscadores en línea).

Es pronto para determinar el impacto que tendrá la DSA para los usuarios, pero las compañías afectadas ya han empezado a hacer cambios. Entre los más destacados están la retirada de contenido ilegal y la lucha contra la desinformación, ambos aspectos impulsados por la nueva legislación.

El abogado especializado en derecho tecnológico Sergio Carrasco, que ha estudiado la nueva norma, señala que la DSA obliga a las compañías a ser proactivas, aunque añade que algunas ya llevaban trabajo adelantado: “La mayoría de las plataformas habían simplificado bastante sus mecanismos para denunciar contenido. Muchas se han ido adaptando, no tanto por obligación normativa, sino por el propio interés”, comenta, en referencia a los anunciantes, principal fuente de ingresos de muchos de estos servicios, que no quieren ver su publicidad junto a contenidos ilegales o a noticias falsas.

Pero la normativa impactará de lleno en otros aspectos que forman parte de la cotidianeidad de los millones de europeos que utilizan al menos alguna de estas plataformas a diario.

Adiós a la imposición de feeds personalizados

La pantalla donde los usuarios de las redes sociales acceden a los contenidos, el feed, ya no podrá ser solo personalizado. Las plataformas tendrán que dar la opción a los usuarios de tener un feed donde solo aparezcan las publicaciones de las cuentas a las que siguen. Algunas ya lo han desplegado, como Twitter, Facebook, Instagram o TikTok, que ofrecen un espacio con mensajes no personalizados ordenados cronológicamente.

“Antes eran como cámaras de eco porque era todo contenido personalizado”, indica Carrasco. “En TikTok o en Instagram, la información que te aparece no es neutra porque buscan la máxima atracción posible. Como saben el tipo de contenido que te gusta, lo que hacen es retroalimentar el feed. Y esto puede ser un obstáculo para el acceso de los usuarios a la información, en general”.

Además, la nueva ley obliga a las plataformas a revelar cómo se genera el contenido del feed personalizado. El abogado especializado en derecho tecnológico remarca que esta cuestión no es baladí: “Lo que hace [la normativa] es crear el derecho a conocer exactamente las razones de por qué la red social actúa de una determinada forma”.

Publicidad más responsable

Las VLOPs no podrán utilizar datos sensibles, como el origen étnico de los usuarios, sus opiniones políticas o su orientación sexual, para segmentar audiencias publicitarias. “Hay redes sociales que tienen tanta información que, aunque tú no hayas facilitado ese tipo de datos sensibles de manera directa, se extrapolaban. Las plataformas podían ofrecer a los anunciantes una segmentación tan profunda que los anuncios eran muy específicos para la persona concreta”, apunta Carrasco.

Ahora este tipo de datos no se tendrá en cuenta para los anuncios. Así se iguala este ámbito con otros sectores, donde la regulación impide usar a la ligera ese tipo de información. A esto se suma que las plataformas necesitarán destacar adecuadamente sus anuncios e informar sobre quién los paga.

Protección de menores

El DSA ha vetado que se hagan anuncios personalizados dirigidos a los menores de edad. Trata de crear un entorno menos agresivo para la publicidad en esta franja de edad más vulnerable. Se prevé que las compañías hagan una división genérica de los menores como audiencia.

“El niño no verá menos anuncios, pero sí se busca protegerle. Estará viendo un vídeo y le saltará un anuncio, pero será publicidad general, no específica para este menor”, aclara Carrasco. Y es que con un tratamiento profundo de los datos y centrado en un individuo, el impacto de la publicidad siempre es mayor.

Aumento de la transparencia

Maestre también recuerda la necesidad de que las plataformas hagan evaluaciones, que presentarán ante la Comisión Europea: “La normativa obliga a que las plataformas analicen los riesgos sistémicos que provocan. Y tendrá que efectuar un análisis de reducción de esos riesgos en relación con los temas mencionados [salud mental, protección de menores y violencia de género], para lo cual deberán realizar un informe con periodicidad anual”. Se espera que estos mecanismos de transparencia lleven a un mayor control de las operaciones de estas plataformas.

Unos términos de servicio resumidos

Otra novedad se refiere a los términos y condiciones de los servicios digitales. Estos textos, habitualmente largos y de una densidad legal que ahuyenta al público general, deberán contar con un resumen elaborado con un lenguaje sencillo. “En este punto la normativa es un tanto contradictoria. Por un lado, la ley obliga a informar sobre infinidad de cuestiones, lo que hace que los documentos adquieran una cierta complejidad y, por otro, también indica que la información debe ser breve y de fácil lectura”, explica Maestre.

Al tratarse de una cuestión cualitativa y sujeta a diferentes interpretaciones, las plataformas ensayan diferentes fórmulas. Facebook, por ejemplo, ha optado por resumir sus textos de 6.500 palabras, casi 14 páginas, a menos de 300 palabras. En esta síntesis, no menciona la palabra “publicidad” o “anuncios” en ningún momento y no hace referencia a cómo se financia la plataforma. Amazon ha resumido más de 8.000 palabras en alrededor de 1.500. YouTube ha optado por hacer recapitulaciones de lo que contiene cada uno de los apartados de sus términos de uso.

Aunque las compañías han empezado a aplicar los aspectos legales que quedan claros, Carrasco afirma que aún es muy pronto para ver el grado de cumplimiento real de la norma. No ha habido tiempo material para que se produzcan reclamaciones y lleguen procedimientos de impugnación. Todo esto dará una idea más precisa de los límites en la aplicación de la DSA.

Mientras tanto y ante la duda, la legislación ha impuesto una severa amenaza a las plataformas que no cumplan con los nuevos requisitos. El incumplimiento podría acarrear sanciones de hasta el 6% de la facturación global de la compañía. Para poner esto en perspectiva, a cualquiera de las plataformas de Google se le podrían imponer casi 17.000 millones de dólares de multa, a cualquiera de los servicios de Meta, hasta 7.000 millones de dólares. Y Amazon, con un volumen de negocios anual de unos 514.000 millones de dólares, se jugaría una penalización de casi 30.000 millones.

Adrian Cano

Santander (España), 1985. Después de obtener su licenciatura en Periodismo en la Universidad Complutense de Madrid, decidió enfocarse en el cine y se matriculó en un programa de posgrado en crítica cinematográfica. Sin, embargo, su pasión por las criptomonedas le llevó a dedicarse al mundo de las finanzas. Le encanta ver películas en su tiempo libre y es un gran admirador del cine clásico. En cuanto a sus gustos personales,  es un gran fanático del fútbol y es seguidor del Real Madrid. Además, ha sido voluntario en varias organizaciones benéficas que trabajan con niños.