Hace unos días, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) emitió su segunda opinión sobre el ingreso mínimo vital (IMV). La atención mediática generada por el cruce de declaraciones entre los responsables de ese organismo y los del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dejado en un segundo plano el discute sobre los logros y límites de esta política de inclusión 3 años tras su puesta en marcha.
Los programas de renta mínima son un instrumento central en la política social en la enorme mayoría de países de la Unión Europea. La creación del IMV supuso la corrección de una anomalía histórica, que había sido criticada recurrentemente por la Comisión Europea. Su desarrollo fue un enorme reto para el sistema de administración de la Seguridad Social, poco acostumbrado a incrementos tan veloces de la demanda y a las peculiaridades de los posibles perceptores. Más de seiscientos hogares han entrado en algún instante en el programa —no se publican datos del volumen actual de perceptores— y, desde sus comienzos, se han recibido más de un par de millones y medio de peticiones.
Las referencias más frecuentes para medir la eficiencia de una renta mínima son su adecuación o capacidad para aproximar las rentas al umbral de pobreza, complementando otros posibles ingresos del hogar, y la cobertura de las personas potencialmente seleccionables. Un avance esencial del IMV con respecto a posibilidades ya existentes, como las rentas mínimas autonómicas, es su mayor adecuación, sobre todo en los hogares con menores. Esta protección se fortaleció con el incremento del quince% de su cuantía en dos mil veintidos, que compensó una gran parte de la mengua de capacidad adquisitiva ocasionada por la inflación. Tal mejora no ha significado, no obstante, un enorme acercamiento con respecto a los países europeos con programas más espléndidos y tampoco resulta suficiente para reducir substancialmente la tasa de peligro de pobreza, si bien sí sus manifestaciones más severas.
La primordial objeción que ha recibido el IMV es la limitada cobertura de los hogares con ingresos deficientes. La normativa de la Seguridad Social deja fuera a ciertos hogares en especial frágiles, como los formados por personas extranjeras en situación administrativa irregular o, salvo salvedades, los titulares menores de veintitres años, por el miedo a no crear una renta de emancipación. Esa normativa, además de esto, define unidades de convivencia demasiado extensas y es recia en lo relativo a las condiciones de patrimonio.
A estos inconvenientes se agrega la complejidad que tienen estos programas para recoger el carácter activo de la pobreza. Todas las personas de la unidad de convivencia deben cumplir todos y cada uno de los requisitos a lo largo de todo el tiempo de posible percepción de la prestación, que además de esto se paga en dependencia de los ingresos fiscales del año precedente. Una de las peculiaridades más determinantes de la pobreza es, no obstante, la enorme variabilidad de los ingresos, que puede producir el inconveniente de tener que devolver las cantidades inadecuadamente percibidas. Los procedimientos de reclamación son muy complejos para esta clase de hogares, sin que haya justicia gratis para las reclamaciones anteriores a la Seguridad Social, de las que depende que prospere, en su caso, el procedimiento judicial siguiente.
La AIReF ha puesto datos a otras contrariedades. El más importante es el cincuenta y ocho% de unidades potencialmente adjudicatarias que no piden la prestación. Estimar su demanda potencial es complicado, ya que la información de renta y patrimonio de la Agencia Tributaria empleada por la AIReF tiene ciertas restricciones y no coincide totalmente con la empleada para la administración del IMV. En su estimación, además de esto, no ha tenido en cuenta requisitos esenciales para poder pedir la prestación, como el de vivienda o la antigüedad de la unidad de convivencia y su composición. Más del cuarenta% de las peticiones se rechazan exactamente por el incumplimiento de estos requisitos.
En cualquier caso, si bien la carencia de acceso sea menor a la estimada, la limitada cobertura es un inconveniente esencial. El conocimiento de la prestación es deficiente, motivo que ha impulsado diferentes campañas sociables. Junto a este desconocimiento, otra razón es la dificultad del proceso de petición, que acostumbra a demandar atención presencial. Para muchos de los posibles demandantes la administración electrónica ha pasado a transformarse en administración ausente.
Estos inconvenientes urgen la busca de soluciones. El IMV es buena política, que trata de reducir la pobreza garantizando equidad territorial y a la que se ha dedicado un esencial volumen de recursos públicos, mas precisa retoques esenciales. Varias organizaciones demandaron desde el primer instante una simplificación del proceso de petición y aligerar las demandas de documentación. Algunos programas que marchan eficazmente en otros países emplean procedimientos más diligentes. En Estados Unidos, por servirnos de un ejemplo, en el programa más popular (Earned Income Tax Credit), la Administración avisa a cada persona con derecho a la prestación que si desea recibirla es suficiente con que mande su confirmación.
También hay margen para la mejora en los mecanismos de corresponsabilidad y coordinación con las comunidades autónomas. Aunque se han desarrollado protocolos para reconocer este derecho a las personas adjudicatarias de las rentas mínimas autonómicas, la coordinación entre las comunidades y el gobierno central ha sido limitada. El objetivo inicial fue que el IMV sirviese como una base o suelo de protección igual para todos y cada uno de los territorios, que las comunidades autónomas podían complementar, ya fuera dando cobertura a los hogares sin acceso o incrementando la cuantía de la prestación. Las opciones adoptadas han sido diversas: con mejor o peor fortuna ciertas comunidades han asumido esa función subsidiaria, otras han optado por fortalecer su programa y un tercer conjunto ha aprovechado la ocasión para evitar su responsabilidad y prácticamente suprimir su renta mínima. La realidad es que ciertas desigualdades inherentes al modelo precedente se han mantenido en el nuevo.
Es preciso dar contestación a estos desafíos y ampliar la capacidad del IMV como herramienta indispensable para articular la lucha contra la pobreza al lado de otras posibilidades no contributivas y las políticas de inclusión activa. Las circunstancias económicas y políticas que impulsaron su creación hicieron que un programa tan esencial tuviese que diseñarse en poquísimo tiempo. El reto es ahora continuar ajustando la normativa a la peculiaridad de las situaciones de exclusión social y aproximar la prestación a quienes más la precisan.