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Naturgy enfrenta multa de 5,1 millones por prácticas abusivas en el mercado de contadores

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 5,08 millones de euros a UFD Distribución Electricidad, la filial eléctrica del Grupo Naturgy. Esta multa se debe a su conducta restrictiva en el mercado de instalación de contadores eléctricos entre mayo de 2018 y mayo de 2021.

Situación de Competencia En El Mercado Eléctrico

La CNMC destaca que el derecho de la competencia requiere que las empresas dominantes actúen con responsabilidad, evitando prácticas que limiten la libre competencia en su sector y en mercados relacionados. Según el organismo, cualquier acción no respaldada legalmente que resulte en la exclusión de competidores es considerada abusiva, sin importar la intención detrás de dicha acción.

UFD cometió el error de interpretar incorrectamente que su obligación de integrar contadores de uso doméstico en sus sistemas de telemedición también se aplicaba a ciertos tipos de contadores en el sector industrial (tipos 3 y 4). Esta interpretación errónea llevó a la imposición de requisitos más stríctos de los que permitía la normativa y generó retrasos en la instalación y activación de equipos de medición pertenecientes a otras empresas y clientes industriales. Aunque la empresa rectificó esta postura en mayo de 2021, sus acciones previamente limitaron la competencia y la elección de los consumidores.

Un Proceso De Dos Años

La investigación fue iniciada tras una denuncia presentada por Axon Time y Enerlin Ingenieros, quienes acusaron a UFD de violar las normativas de competencia. En abril de 2023, la CNMC realizó inspecciones en dos sedes de Naturgy, y en noviembre de ese mismo año, comenzó un procedimiento sancionador que concluyó con la multa a UFD por una infracción grave del artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Como consecuencia de esta sanción, UFD no podrá contratar con el sector público en todo el país durante cuatro meses. Esta prohibición afecta a contratos relacionados con la instalación de equipos de medición eléctrica y su disponibilidad en puntos de suministro de baja tensión. No obstante, la compañía podrá actuar si es requerida por la normativa sectorial.

Asimismo, la CNMC ha establecido obligaciones adicionales para UFD: deberá activar equipos de telemedida de terceros ya instalados y facilitar la instalación de nuevos dispositivos según lo soliciten los clientes. También está obligada a informar a los propietarios de los puntos de suministro afectados y a publicar sus nuevas obligaciones en su sitio web.

El Grupo Naturgy tiene dos meses para presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, a partir del día siguiente a la notificación de esta decisión.