El Último Trámite de la OPA: Claves sobre su Impacto Económico

El Último Trámite de la OPA: Claves sobre su Impacto Económico

El reciente desistimiento de BBVA en su disputa legal con el Gobierno, relacionado con la OPA (Oferta Pública de Adquisición), ha dejado claras varias cosas. La entidad financiera ha decidido dar marcha atrás, ya que enfrentaba serios problemas judiciales. Su argumento de que la intervención del Gobierno le generaba un “perjuicio irreparable” no se sostenía, ya que, a pesar de la intervención, mantuvo su oferta e incluso la mejoró. Esto demuestra que su interpretación sobre la Ley de Defensa de la Competencia de 2007, que sostenía que solo se podían suavizar las condiciones, era errónea.

La Comisión Europea y sus Argumentos

Ahora, BBVA deja a la Comisión Europea sola en su procedimiento de infracción contra el Reino de España. La comisaria Maria Luís Albuquerque, conocida por sus posturas ultraliberales, sostiene tres afirmaciones que merecen un análisis más profundo:

  1. Poderes Ilimitados del Gobierno: Alega que la normativa nacional concede “poderes ilimitados” al Gobierno para intervenir en fusiones bancarias. Sin embargo, no hay sustento en los textos legales que respalde tal afirmación, ya que la ley impone límites geográficos y de competencia.

  2. Interpretación de Directivas: Albuquerque también parece interpretar la directiva de requerimientos de capital bancario (CDR 6, número 2024/1619) de manera abusiva. Esta norma otorga a los supervisores financieros competencias para notificar operaciones significativas, pero no implica que ejerzan un control exclusivo sobre ellas.

  3. Multitud de Instituciones Reguladoras: Otra sección de dicha directiva resalta que las entidades de supervisión bancaria, como los bancos centrales nacionales y el BCE, deben tener la facultad de intervenir en fusiones. Esto no significa que deban actuar solas; su rol es colaborar en la regulación del sistema financiero.

La Ley de Ordenación Bancaria y su Contexto

La Ley 10/24 de ordenación bancaria confiere al ministro de Economía la autoridad para autorizar operaciones de fusión, aunque esta facultad no es absoluta. Dependiendo de informes previos del Banco de España, el Sepblac, la CNMC y la Dirección General de Seguros, esta autorización debe ser cuidadosa y ajustada a las circunstancias.

Reflexiones sobre la Regulación

Si se limita la capacidad del Gobierno para abordar cuestiones de “interés general”, como la cohesión territorial o la seguridad, y no se asigna esta responsabilidad a otra entidad bien capacitada, el sistema regulador se verá debilitado. Esto podría dejar desprotegidos a los consumidores y a la comunidad en general. La idea de que la Comisión pueda asumir esta función es tentadora, pero también puede chocar con el principio de subsidiariedad, que busca una proximidad efectiva al usuario de servicios bancarios. Este es un tema que merece un profundo debate y reflexión.