El pacto entre ERC y el PSC para la investidura de Salvador Illa ha traído a debate el concepto de «principio de ordinalidad» en Cataluña. Es importante comprender en qué consiste este criterio y cómo puede afectar a la redistribución de recursos.
En primer lugar, es crucial entender que más que un principio, se trata de un criterio, y en lugar de ordinalidad, se refiere a no reordenación. Básicamente, este criterio implica que la redistribución del sector público no debe cambiar el orden de distribución observado previamente.
Este criterio es fácilmente aceptado cuando se aplica al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, surgen interrogantes cuando se traslada a las Comunidades Autónomas y a la prestación de servicios públicos. ¿Es justo que las regiones con mayor capacidad fiscal reciban más recursos per cápita para sus servicios públicos que aquellas con menor capacidad?
La percepción de la renta disponible y de los servicios públicos suele ser diferente. Mientras que en las diferencias de ingresos se aceptan argumentos como la meritocracia o las distintas capacidades individuales, en los servicios públicos suele primar la idea de igualdad de acceso. Esto implica que territorios con mayores necesidades o costos de prestación pueden requerir más recursos per cápita, rompiendo así el criterio de no reordenación.
Es importante destacar que la aplicación de este criterio varía según el país y su estructura constitucional. Mientras que en algunos países federales como Estados Unidos se aceptan grandes disparidades entre regiones, en otros como Australia se busca una nivelación completa. En el caso de España, la descentralización del Estado añade complejidad a este debate.
En conclusión, el criterio de no reordenación es fundamental en la redistribución de ingresos a nivel individual, pero su aplicación a la financiación autonómica requiere un análisis más profundo y un enfoque constitucional. Es un tema que va más allá de la redistribución de recursos y que influye en el modelo de Estado en su conjunto.