En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha establecido que las empresas son responsables de cubrir la baja médica de sus empleados, incluso si estos no se encuentran dados de alta en la Seguridad Social. Esta determinación ha sido tomada en respuesta a un caso en el que una trabajadora sufrió un accidente no laboral, estando la compañía en falta por no haberla registrado en el sistema.
El fallo del Tribunal Supremo, fechado el 21 de febrero, rechaza el recurso presentado por una empresa contra una decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de mayo de 2020. La trabajadora afectada tuvo un accidente fuera de su horario laboral en 2014, lo que la llevó a una baja médica hasta 2015. En ese momento, la Seguridad Social denegó la prestación debido a que la trabajadora no estaba dada de alta en el sistema en el momento del accidente.
Según la sentencia, en casos de incapacidad temporal por accidente no laboral, cuando el empleador incumple sus obligaciones de alta y cotización, la responsabilidad de pagar la prestación recae directamente sobre la empresa. En este caso específico, la empresa era insolvente y no existía una mutua colaboradora que pudiera asumir el pago de la baja médica.
La trabajadora solicitó que la empresa se hiciera cargo de la prestación económica por incapacidad temporal, derivada de un accidente no laboral, mientras que la Seguridad Social asumiría un papel subsidiario. Tras el análisis legal, el Tribunal Supremo determinó que, en ausencia de alta en la Seguridad Social, la empresa es la única responsable del pago del subsidio, sin requerir intervención de la Seguridad Social ni de una mutua.
Esta sentencia reafirma que en casos de incumplimiento empresarial en materia de altas y cotizaciones, la empresa debe asumir las consecuencias económicas derivadas de la incapacidad temporal de los trabajadores, sin que la Seguridad Social tenga responsabilidad subsidiaria. Esta decisión marca un precedente importante en los casos de accidentes no laborales y la responsabilidad de las empresas en la protección de sus empleados.