El Tribunal Supremo se reafirma en su postura sobre las indemnizaciones por despido improcedente, rechazando de nuevo las reclamaciones por compensaciones adicionales. Esta decisión, anunciada tras desestimar un incidente de nulidad interpuesto por un trabajador que había perdido su caso en verano, no sorprende a muchos. El alto tribunal ha mostrado una tendencia a desestimar este tipo de solicitudes, pero es un paso crucial que podría llevar el asunto hasta el Tribunal Constitucional.
Contexto del Debate Laboral
Esta controvertida cuestión surge de la ratificación de España de la Carta Social Europea en 2021. En su artículo 24, se establece el derecho de los trabajadores despedidos sin causa justificada a recibir una indemnización adecuada. Sin embargo, el sistema español, que ofrece 33 días de salario por cada año trabajado (y 45 para contratos previos a 2012), podría no cumplir con este principio, especialmente en casos de empleo de corta duración.
Numerosos juzgados ya habían emitido sentencias a favor de compensaciones adicionales basadas en las circunstancias individuales de los trabajadores. Sin embargo, en diciembre de 2024, el Tribunal Supremo rechazó este enfoque por primera vez. En julio de 2025, reafirmó su rechazo, lo que generó críticas por parte de sindicatos como UGT y CC OO, que argumentaron que el modelo actual de indemnización infringe las normas europeas.
El último recurso de nulidad fue presentado por la abogada Raquel Miñambres, quien defendía a un empleado a quien se le había concedido inicialmente una indemnización adicional por un juzgado de Barcelona. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó esta decisión, llevando el caso al Supremo, el cual falló en contra del trabajador.
Perspectivas de Cambio Normativo
Miñambres, con el respaldo de UGT, presentó un fenómeno conocido como incidente de nulidad, alegando que se habían vulnerado derechos fundamentales. Esta solicitud fue admitida a trámite, pero el Supremo falló en diciembre en contra, argumentando que la discrepancia con la sentencia original no constituía una violación de derechos. Además, subrayó que la Carta Social Europea requiere una implementación legislativa interna antes de ser aplicable, lo que significa que no puede ser interpretada por los magistrados según su criterio.
A pesar de esta intransigencia, la presión para modificar las normativas laborales sigue aumentando. Los sindicatos han instado al Gobierno a revisar las leyes de indemnización, un punto de vista respaldado por el Ministerio de Trabajo, que se propone cumplir con las recomendaciones del Consejo de Europa.
Sin embargo, la postura de los empresarios es drásticamente diferente; ven como concluido el debate y consideran que no es necesaria una modificación legislativa. Tras reuniones con el Ministerio de Trabajo, CEOE y Cepyme decidieron no seguir participando en las negociaciones, mientras que CC OO y UGT preparan sus propias propuestas de cambio, aunque con escasas esperanzas de éxito legislativo.
La posición del Gobierno también es compleja. A pesar de haber prometido reformas, el Ministerio de Economía se opone a los cambios. La falta de consenso en torno a esta cuestión limita la posibilidad de que se logre una solución que satisfaga a todas las partes.
Protocolo Judicial por Delante
Independientemente de lo que decidan los sindicatos y el Ministerio de Trabajo, la batalla legal no ha terminado. Miñambres y Fernando Luján, vicesecretario general de UGT, han anunciado su intención de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. A pesar de que la probabilidad de que se admitan estas demandas es baja (menos del 1% en años recientes), todavía existe la posibilidad de que se revívan nuevas discusiones sobre los derechos laborales en el futuro.
La continuación de este proceso judicial en un escenario complejo y polarizado asegura que el debate sobre las indemnizaciones por despido improcedente en España seguirá siendo un tema candente en los próximos meses.
