Controversia por la Nueva Obligación de Buscar Acuerdos Previos a Litigios

Controversia por la Nueva Obligación de Buscar Acuerdos Previos a Litigios

En un contexto reciente, la implementación obligatoria de los medios adecuados de solución de controversias (MASC) antes de presentar ciertas demandas ha desatado un ferviente debate legal sobre su constitucionalidad. Con la llegada de la Ley Orgánica 1/2025 de Eficiencia Procesal, se establece que es imperativo demostrar un intento de acuerdo a través de MASC para que una demanda civil sea aceptada. Este nuevo enfoque busca aliviar la carga del sistema judicial y fomentar una cultura de negociación en lugar de la confrontación habitual en tribunales. Sin embargo, esta medida también ha generado inquietudes sobre si realmente respeta derechos fundamentales como el acceso a la justicia, sobre todo en cuestiones que involucran derechos indivisibles y colectivos, como los de los menores.

Confusión en los criterios legales

El principal inconveniente se halla en la naturaleza indiscriminada de la ley, que exige, de manera general, la acreditación de intentos de solución extrajudicial en una amplia gama de asuntos civiles y mercantiles. Esta falta de diferenciación respecto a tipos de reclamaciones y situaciones problemáticas ha suscitado preocupaciones entre los profesionales del derecho. La disparidad de criterios entre los tribunales crea una inseguridad jurídica que puede resultar en la inadmisión de demandas y en prolongadas dilaciones procesales tentativas, lo que afecta negativamente el derecho de acceso a la justicia. Además, el riesgo de que derechos fundamentales queden sin protección se vuelve aún más tangible.

Juan González, juez del Tribunal de Instancia de Valencia de Alcántara, ya ha llevado este debate al Tribunal Constitucional en un caso familiar, mientras que la Audiencia Provincial de Huelva también está examinando serias «dudas de constitucionalidad» en asuntos mercantiles. González advierte que la regulación actual de los MASC podría estar vulnerando el derecho de acceso a la jurisdicción, principalmente en casos relacionados con el interés superior de los menores. Aunque se busca promover el acuerdo, en muchas ocasiones el tribunal puede denegarlo, lo que presenta una contradicción inherente: «La ley exige negociación, pero puede no aceptar el acuerdo».

Una llamada a la revisión legislativa

El deseo de establecer una normativa más clara ha llevado a voces autorizadas, como Alejandro Asensio, presidente de la Asociación de Letrados de la Administración de Justicia (Prolaj), a abogar por criterios unificados en la aplicación de MASC. El legislador debería considerar excepciones específicas en casos de familia con hijos, así como en procedimientos relacionados con desahucios y juicios monitorios. Esta opinión es compartida por Alberto García Barrenechea, decano del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid (ICPM), quien considera que la ley no discrimina adecuadamente en qué casos se debe exigir la aplicación de este requisito, generando así un caos jurídico que perjudica a las partes involucradas.

A pesar de la intención de fomentar una cultura del acuerdo, muchos operadores jurídicos coinciden en que la Ley 1/2025 ha resultado contraproducente. La ambigüedad de la normativa genera dudas sobre cómo cumplir con el requisito, llevando a una creciente inadmisión de demandas. Esta situación agrava los conflictos en lugar de ofrecer soluciones efectivas.

Propuestas para una reforma efectiva

La falta de precisión en la aplicación de los MASC ha llevado a situaciones en las que casos idénticos reciben respuestas distintas en diferentes tribunales, lo que sólo profundiza la confusión. Juan González también propone un enfoque que permita un acceso más directo a los tribunales, aludiendo a la necesidad de un sistema más flexible en el que la negociación no impida a los ciudadanos buscar justicia. Organizaciones como el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) han señalado la inseguridad jurídica y la creciente complejidad en los procedimientos legales, sugiriendo que ciertos casos, como los juicios por cuotas impagadas en comunidades y los procesos de desahucio, deberían estar exentos de la obligatoriedad de MASC.

Frente a esta situación, el Tribunal Constitucional tiene ante sí la tarea crítica de ofrecer respuestas que impactarán no solo la estructura del proceso civil, sino también la confianza en el sistema judicial. El Congreso también se activó al aprobar una proposición no de ley que insta al Gobierno a revisar urgentemente el sistema de MASC, reflejando la urgente necesidad de corregir un enfoque que, en lugar de simplificar los conflictos, contribuye a su complejidad.

Mientras se espera el dictamen del Tribunal Constitucional, el debate sigue vivo, reiterando la necesidad de un marco claro y eficaz para los terceros neutrales en MASC, así como la implementación de protocolos y observatorios que evalúen su efectividad y protección de los derechos involucrados.